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S.R.I.

Super. Cías.

 
Las últimas regulaciones
   emitidas por la Superintendencia de Compañías:
 

AÑO 2005

• Dispónese que la contribución para el año 2005, que las compañías y otras entidades sujetas a la vigilancia y control deben pagar a ésta, será: el valor correspondiente al uno por mil de sus activos reales. Res. PYP-2005036. (R.O. 26, Mayo 26).
• Expídese la tabla de contribuciones para el año 2005, que deben pagar los partícipes del mercado de valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores. (R.O. 551, Marzo 24).
• Amplíase hasta el 31 de diciembre del 2005, el plazo concedido a varias compañías nacionales anónimas y de economía mixta y a compañías nacionales de responsabilidad limitada a fin de que, dentro de este plazo, incrementen sus capitales sociales al mínimo requerido. Res. SC.ICQ.2004.007. (R. O. 503 Enero 13).

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AÑO 2004
• Se expide el Reglamento para la recepción y trámite de denuncias. (R.O. 395, Agosto 9).
• Se amplía en cinco años el plazo establecido para amortizar el diferencial cambiario proveniente de la corrección monetaria de activos y pasivos en moneda extranjera, a las compañías, que lo hubieren registrado como una cuenta de activo diferido. (R.O.389, Julio 30).

AUDITORIA EXTERNA OBLIGATORIA
• Las compañías nacionales anónimas, en comandita por acciones y de responsabilidad limitada, cuyos montos de activos excedan el millón de dólares de los estados unidos de América, están obligadas a someter sus estados financieros anuales al dictamen de auditoria externa. (Res. Nº 02.Q.ICI.0012 - R. O. 621, Julio 18 2002).

REGLAMENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE DENUNCIAS.
• Resolución Nº 2004-Q.IJ.003
• Resolución Nº 01.Q.DSC.006 – R.O. 364, 2001.



Web site de la Superintendencia de Compañías www.supercias.gov.ec

 

 



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Tel: (534) 2-305312
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